Alejandro Encinas Nájera
En la prueba de viga de los recientemente
finalizados juegos olímpicos de Londres 2012, la gimnasta rumana Catalina Ponor
mostró (aparentemente) por qué desde Atenas 2004 tenía reservado un lugar en el
podio. Tras culminar la presentación de todas las competidoras, su puntaje la
haría acreedora del bronce. Todo el mundo atestiguó su rostro de satisfacción y
el animado festejo con sus entrenadores y compañeras. En ese momento no le
cruzó por la mente que otra gimnasta, inconforme con los puntajes, presentaría
una reclamación a los jueces, los cuales por reglamento estaban obligados a
revisar. Nadie criticó a la estadunidense Alexandra Raisman por ejercer su
legítimo derecho. Lo importante era que estos juegos no se empañaran con la
mancha de la incertidumbre y la opacidad. Mientras los jueces observaban en
cámara lenta y a lujo de detalle los movimientos en sus pequeños monitores,
todo el estadio estaba en vilo. Fueron minutos de mucha tensión. Cuando
finalizaron con su revisión, reconocieron que habían omitido algunos elementos
en su calificación y no les quedó más remedio que rectificar: Ponor bajaría del
podio y Raisman ocuparía su lugar. Muecas aparte, la rumana no objetó que fuera
desbancada, pues reconoció que en esta ocasión su adversaria había tenido un
mejor desempeño.
En las postrimerías de los juegos olímpicos, el Tribunal
Electoral del Poder Judicial de la Federación emitirá el fallo definitivo sobre
los resultados de los comicios presidenciales. Pero en México las cosas ocurren
al revés. ¿Es siquiera imaginable que los jueces le advirtieran a la gimnasta
que no va a ganar “en la mesa lo que no ganó en la viga” sin siquiera conocer
su alegato? Seguramente sería un escándalo y la Federación Internacional de
Gimnasia los inhabilitaría de sus funciones. ¿O acaso las televisoras que transmitieron
la justa olímpica ocuparían sus espacios para presionar a los jueces a declarar
válida la puntuación original? Es más, hasta los comentaristas de Televisa
reconocieron el derecho de Raisman a impugnar.
Eso en cuanto a la gimnasia. Pero cuando lo que se
califica en México es una elección presidencial, el absurdo se lleva el oro. Lo
que más sorprende en estos momentos, es que diversos grupos de poder reprueban
que el Movimiento Progresista ejerza su derecho a impugnar, conduciéndose
estrictamente en los cauces legales e institucionales. Es curioso que la misma
cantaleta de siempre –los votos ya se
contaron, México ya votó, respetemos la democracia– están ahora presentes tanto
en los spots del PRI como del Tribunal Electoral.
Tal es la desmesura, que el magistrado presidente
Alejandro Luna Ramos declaró en un momento en el que ni siquiera habían
comenzado los conteos distritales que “nadie ganará en la mesa lo que no pudo
ganar en las urnas”. Habría que preguntarle a este señor, ¿entonces por qué la
ley contempla un periodo para que los interesados ingresen recursos de revisión
que pueden llegar a invalidar una elección? También debiera aclarar desde la
solemnidad de su toga, por qué en otras ocasiones, como en Tabasco, Colima y
más recientemente en Morelia, aunque la voluntad ciudadana ya había sido
expresada en las urnas, el tribunal decidió anular los comicios. Para no variar
con la imbricación del deporte con la política, ha de recordarse que en el caso
de Morelia los magistrados procedieron a anular la elección porque durante una
pelea estelar, Juan Manuel Márquez portó en sus calzoncillos el logo del PRI.
¡Vaya precedente que sentaron en aquella ocasión!
Ahora en vez de togas, los magistrados visten camisas de once varas. Y es que si
por un calzoncillo se anuló una elección, López Obrador, con el decálogo que
presentó a la opinión pública y a las autoridades electorales, ofrece
argumentos de sobra para invalidar los comicios presidenciales. Incluso podrían
ser invalidados diez veces, porque por sí sólo cada uno de los puntos refiere
un agravio contundente a los preceptos constitucionales.
El decálogo arranca denunciando la actitud
tendenciosa de los medios de comunicación para favorecer a Peña Nieto y el
manejo de encuestas en medios de comunicación con fines propagandísticos.
Prosigue señalando que, al erogar $719’500,989.00 en propaganda y movilización, el PRI rebasó el tope de gastos de campaña
fijado en $383’388,905.17. Es decir, más del doble de lo legalmente permitido
(sin contar la millonaria compra de voto).
El cuarto punto se
refiere a las famosas tarjetas de Soriana. En el recurso se anexa la firma de 596
personas que reconocen haber recibido una de estas tarjetas a cambio de votar
por el PRI. La siguiente acusación se centra en los monederos Monex, mediante
los cuales se efectuó financiamiento con recursos de procedencia ilícita.
Este documento prosigue
denunciando la compra y distribución de
tarjetas telefónicas como propaganda de Peña Nieto, gasto que por sí sólo
ascendió a los 500 millones de pesos. El séptimo argumento para invalidar la
elección es la utilización de los gobiernos del PRI en beneficio de Peña Nieto,
destacando el caso de Zacatecas.
A la cuenta bancaria de Luis Videgaray, en la cual recibía dinero del
gobierno del Estado de México para la campaña de Peña Nieto, se le dedica el
octavo punto. Finalmente, los puntos 9 y 10 se enfocan en la multitudinaria compra
de voto en todo el país, destacando los operativos en el medio rural.
Los argumentos para invalidar la elección presidencial son sólidos y por
lo tanto no pueden ser fácilmente escatimados. Si alguien pensó que con la
clausura de los juegos olímpicos se darían por concluidas las gestas
sorprendentes, que se prepare para atestiguar los malabares y demás argucias
legales que los magistrados filopriístas se aprestan a realizar.
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